Procurador en Collado Villalba

¿Busca un procurador en Collado Villalba que le ayude con su caso? Nuestro Despacho, que cuenta con profesionales altamente cualificados en la materia, le ayudará en esta labor. Si quiere saber más sobre esta profesión y sobre cómo llevamos a cabo nuestro trabajo, solo tiene que seguir leyendo la siguiente información.

Procurador en Collado Villalba

Según la Ley de Enjuiciamiento Civil, procuradores y abogados realizan tareas distintas y complementarias entre sí: los primeros se encargan de la representación procesal y los segundos se encargan de la defensa técnica. Así lo indica el artículo 23 de dicha Ley:

La comparecencia en juicio será por medio de procurador, que habrá de ser Licenciado en Derecho, Graduado en Derecho u otro título universitario de Grado equivalente, habilitado para ejercer su profesión en el tribunal que conozca del juicio.

En términos sencillos, nuestra labor sirve para que el proceso judicial sea ágil y dure el menor tiempo posible. Un procedimiento largo es poco práctico, además de producir agotamiento en quien debe seguirlo. Así pues, gracias a nuestro trabajo, nos aseguramos de que el proceso se realice de forma adecuada y no dure más de lo necesario. Sin nuestro trabajo, el abogado tendría que hacer muchas tareas y el proceso duraría más.

Los procuradores trabajamos con un apoderamiento, es decir, un poder que nos confiere nuestro cliente para actuar en su nombre. Según la Ley de Enuiciamiento Civil, el poder en que la parte otorgue su representación al procurador habrá de estar autorizado por notario o ser conferido apud acta por comparecencia personal ante el letrado de la Administración de Justicia de cualquier oficina judicial o por comparecencia electrónica en la correspondiente sede judicial.

Normalmente es suficiente con otorgar un poder general, pero en algunos casos concretos hace falta un poder especial. Se trata de tres supuestos:

  • Para la renuncia, la transacción, el desistimiento, el allanamiento, el sometimiento a arbitraje y las manifestaciones que puedan comportar sobreseimiento del proceso por satisfacción extraprocesal o carencia sobrevenida de objeto.
  • Para ejercitar las facultades que el poderdante hubiera excluido del poder general, conforme a lo dispuesto en el apartado anterior.
  • En todos los demás casos en que así lo exijan las leyes.

No debe preocuparse por este aspecto, ya que nosotros nos encargaremos de orientarle y resolveremos todas las dudas que pudiera tener.

Procuradores Collado Villalba

Recuerde que es muy importante contar siempre con profesionales colegiados, pues es la garantía de que cumplen con todos los requisitos legales y de que le prestarán un adecuado servicio. Por eso, como decíamos, podrá quedarse tranquilo sabiendo que nuestro Despacho y nuestros profesionales cumplen con estos requisitos y que poseen además mucha experiencia en el ejercicio de la profesión.

La forma de contactar con nosotros en muy sencilla: puede llamar por teléfono o bien utilizar nuestra web. Concertaremos una cita con usted, en la que podrá explicarnos la situación y resolver todas las dudas que tenga. En algunos casos también será necesario examinar documentación, en cuyo caso será debidamente informado. 

Una vez que nos hayamos reunido con usted y hayamos estudiado la situación, empezaremos a trabajar en el caso. Esta labor la haremos de forma coordinada con el abogado, de forma que nos mantendremos en constante contacto y le iremos informando a usted de todo lo necesario. Siempre trabajamos de forma personalizada, por lo que atenderemos su caso de forma individual y adaptándonos a las circunstancias concretas. Asimismo, queremos informar de que nuestro servicios también están disponibles para aquellos abogados que necesiten un procurador para su Despacho.

Deseamos que nuestros servicios sean de su agrado y quedamos a su disposición para cualquier consulta que desee realizarnos.